¡¡INFORMACIÓN IMPORTANTE!!
SUBSIDIO POR DESEMPLEO PARA MAYORES DE 52 AÑOS (ANTES 55 AÑOS)
Tras la publicación del Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Protección Social, a partir del 1 de abril de 2019, se han introducido cambios muy importantes, algunos de ellos son:
- Reducción de la edad de acceso: Ahora a partir de 52 años
- Aumenta su duración máxima: NO ES OBLIGATORIO PREJUBILARSE: Se puede seguir percibiendo el subsidio hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
- Eliminación de la consideración de las rentas de la unidad familiar para el acceso al subsidio: Ahora sólo se tienen en cuenta las rentas de la persona que solicita el subsidio, NO DE TODA LA FAMILIA.
- Incremento de la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio, antes el 100%: Ahora 125% del tope mínimo de cotización vigente.
- Último contrato jornada completa o parcial: Si tú el último contrato ha sido a tiempo parcial o completa, da igual, se cobra el subsidio completo 430,27 €.
En este enlace tienes la información completa sobre requisitos, duración y cuantía, documentación necesaria y cuándo, cómo y dónde tramitarlo:
https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/he_dejado_cobrar_paro/tengo_mas_de_55_anos.html
Si estás desempleado/a y tienes 52 años, puedes venir a SILPES para aclarar tus dudas o directamente a tu oficina del Servicio Público de Empleo (SEPE), en las oficinas del INAEM.